En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este JUZGADO DEL MUNICIPIO BERMÚDEZ, DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la Solicitud de DIVORCIO 185-A interpuesta por los ciudadanos: ALFREDO JOSE VILLARROEL RODRIGUEZ y CARMEN TOMASA LOPEZ BELLORIN, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre si, titulares de las Cédulas de Identidad V-11.442.157 y V-12.287.716, respectivamente, domiciliados el primero en la Calle Bolivia, Sector El Terminal, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre y la segunda: En el Caserío Caraquita de Río Caribe, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, debidamente asistidos por la Abogada en ejercicio CLAUDIA TERESA FIGUEROA MALAVE, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 96.292 y de este domicilio, quedando en consecuencia DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, que los unía y que contraj.....