éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a la ciudadana ASUNCIÓN ADIER TORRES, Venezolano, natural de: Guiria Municipio Valdez, de 34 años de edad, soltero, de oficio albañil, titular de la cédula de identidad Nº V-14.612.518, nacido en fecha: 15-08-75, hijo de: Castulo Jiménez, Roselis Torres, y con residenciado en Sector la antena, casa s/n, a un kilómetro del Mercado ( Una Invasión) calle amanzanare, Guiria Municipio Valdez, Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previstos y sancionados en los artículos 458 del Código Penal Venezolano, en perjuicio del ciudadano Javier David Marcano, todo de conformidad con lo establecido en el ordinal 4 del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. Remítase el asunto en su debida oportunidad al Archivo Cent.....