Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley procede a PRIMERO: DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, al ACUSADO: FRANKLIN JOSÉ PEÑA CARABALLO, venezolano, de 35 años de edad, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Nº V- 14.977.793, hijo de Gardenia de Peña y de Virgilio Peña, de profesión u oficio albañil, nacido el 06-11-1978, domiciliado en: Guayacan, sector CANTV, casa sin número, al lado del taller, Estado Sucre, de conformidad con lo establecido en el artículo 242 ordinal 3 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en presentaciones cada siete (7) días por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, hasta que Ejecución decida lo conducente, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 250 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO CONDENA al acusado FRANKLIN JOSÉ PEÑA CARABALLO, venezolano, de 35 años de edad, de estado civil soltero, titular de la cédula.....