Acuerda: Sustituir la Medida Cautelar Sustitutiva de Caución Económica, por la Caución Juratoria, Al Ciudadano CRUZ JOSÉ FERNÁNDEZ GUTIÉRREZ, Venezolano, Natural de Carúpano, de 29 años de edad, nacido en fecha 24/11/1987, soltero, de profesión u Oficio Chofer de Camión, titular de la cédula de identidad número V-20.126.383, hijo de Cruz Martínez y Brígida Fernández, y residenciado en el Sector Ciudad Bendida de Primero de Mayo, Calle Los Molinos, casa s/n, frente de la Bloquera, Municipio Bermúdez del Estado Sucre.