este Tribunal Quinto de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda conceder un plazo prudencial de Ciento Veinte (120) días para que la Fiscal del Ministerio Público presente el acto conclusivo de la investigación, en la causa seguida al ciudadano: CARLOS ENRIQUE SALAZAR, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 6.767.102, natural de Cumaná, soltero, nacido en fecha 24-02-1969, de 41 años de edad, de oficio Electricista y presidente de la cámara municipal del Municipio bolívar, residenciado en la Urbanización los Cocalitos, Segunda Transversal, Casa N° 4, cerca de la bomba de Mariguitar, Municipio Bolívar del Estado Sucre; la cual se le iniciara por la presunta comisión del delito de ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE, previsto y sancionado en el artículo 260 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en perjuicio de la adolescente xxxx. Se declar.....