Por los razonamientos de hecho y de derecho expuestos, este Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara Con Lugar el Sobreseimiento Definitivo, solicitado por la Representante del Ministerio Público, a favor del Adolescente xxxxxx; a quien se le inició la presente causa por su presunta participación en uno de los delitos CONTRA LAS PERSONAS como lo es el delito de LESIONES PERSONALES LEVES previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal vigente; en perjuicio de la ciudadana xxxxxxxx, con fundamento en el artículo 615, 561 literal D y 318 ordinal 3° del COPP. Notifíquese a las partes de la presente decisión, de conformidad con los artículos 180 y 325 del Código Orgánico Procesal Penal, por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.