En virtud de todo lo antes expuesto, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 1, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al Ciudadano RAFAEL ANTONIO AMAIZ, venezolano, natural de Carúpano Estado Sucre, de 32 años de edad, nacido el 17-03-1980, de estado civil casado, profesión u oficio: Albañil, Cédula de Identidad Nº 15.895.290, residenciado en: calle Principal de Playa Grande, sector el tamarindo, cerca del festejo San Rafael, Carúpano, Estado Sucre, por la comisión de los delitos de VIOLENCIA PSICOLOGICA, AMENAZA, VIOLENCIA FISICA Y VIOLENCIA PATRIMONIAL, previstos y sancionados en los artículos 39, 41, 42 y 50 de la Ley Orgánica Sobre el derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de MARY CARMEN AMIS HERNANDEZ, quien en es venezolana, Mayor de Edad, Titular de la cedula de identidad N.....