Este Tribunal Quinto de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA conceder un lapso de Sesenta (60) días, contados a partir de la presente fecha para que la representante del Ministerio Público presente el Acto Conclusivo correspondiente en el presente asunto seguido al DARWIN RAFAEL BONILLO ZORRILLA, venezolano, de estado civil: soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº 15.089.926, natural de Guiria, Estado Sucre, nacido en fecha: 11/08/1979, de 30 años de edad, de profesión u oficio taxista, hijo de Otilio Bonilla y Lerida De Bonillo, y domiciliado en Valle Verde, calle principal cera del polideportivo de Guiria Municipio Valdez del Estado Sucre, por la presunta comisión del delito RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal. .....