En base a los fundamentos que anteceden, este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA la CESACIÓN de las medidas de LIBERTAD ASISTIDA y REGLAS DE CONDUCTA, impuestas al sancionado: OMISSIS, antes identificado, de conformidad con lo establecido en el artículo 647, literal "h" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el artículo 103 del Código Penal Vigente y 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Notifíquese a las partes y una vez consignadas las resultas de las notificaciones, debido a que no existen otras actuaciones que realizar, se acuerda el archivo del presente Asunto y su correspondiente envío al archivo central, de este Circuito Judicial Penal, para su guarda y custodia y posterior remisión al Archivo Judicial.