DISPOSITIVA
Este Tribunal Quinto de Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara así Constituida LA CAUCIÓN JURATORIA, a favor del imputado: Cruz José Bravo Pineda, natural de El Pilar, Estado Sucre, de 19 años de edad, nacido 03/05/1996, Titular de la Cédula de identidad Nº V-25.835.935, soltero, profesión u oficio Agricultor, hijo de José Bravo y Maximina Pineda, residenciado en Tunapuy, Sector Pica Pical, vía principal, casa sin numero, cerca del Mercal, Parroquia Tunapuy, Municipio Libertador del Estado Sucre, consistente en: 1.- No Ausentarse de la Jurisdicción del Tribunal, sin la autorización, y acudir a todos los llamados hechos por el Tribunal y por el Ministerio Publico. 2.- no cometer nuevos hechos delictivos. 3.- Presentarse cada QUINCE (15) días por el lapso de CUATRO (04) meses, por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, por la presunta comisión de los delitos de V.....