Tomando en cuenta todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda DE OBLIGACION ALIMENTARIA solicitada por la ciudadana BEATRIZ CONCEPCION RIVAS DE MARTINEZ contra el ciudadano WILLIAM ROLANDO MARTINEZ ROJAS, plenamente identificados en el encabezamiento de la presente decisión, a favor del adolescente y la niña, este Tribunal condena al progenitor a suministrar a sus hijos la cantidad de DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (BS. 200.00 0,00) MENSUAL, que equivale aproximadamente el 50% de un salario mínimo, y en el mes de de AGOSTO y DICIEMBRE el 50% para cubrir los gastos de UTILES, UNIFORMES ESCOLARES, JUGUETES Y ROPAS, de conformidad con lo establecido en los artículos 8, 30, 365 y 369 de la LOPNA, en concordancia con el 76 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela.