Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela decreta La Cesación de la medida de Privación de libertad impuesta al sancionado "OMISSIS", por la comisión del delito de Homicidio Intencional Calificado Por Motivo Fútil E Innobles, tipificado en el artículo 406.1 del Código Penal Venezolano y sancionado en el artículo 529 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes, en perjuicio de Gregory José Mata Zacarias (Occiso); ordenando el inicio la Medida de Libertad Asistida, por el lapso de un (01) año, tres (03) meses. Quedando obligado a: presentarse una (01) vez al mes por ante el equipo técnico adscrito al Centro Socio educativo de esta ciudad. Líbrese Oficio al Centro Socio Educativo de esta Ciudad, informándole sobre la presente decisión. Líbrese boleta de libertad y remítase .....