Por todo lo antes expuesto, este Juzgado de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la acción de DIVORCIO 185-A intentada por los ciudadanos, RODOLFO JOSE BELLORIN y FRANCIS EVANGELISTA INDRIAGO DE BELLORIN, quedando así, en consecuencia disuelto el Vínculo Conyugal que contrajeron por matrimonio Civil. Notifíquese a las partes en virtud de que la sentencia salio fuera del lapso legal.-
Liquídesela comunidad conyugal en caso de existir bienes.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, en Carúpano, a los veintinueve (29) días del mes de Julio de Dos Mil Ocho.-