JUZGADO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS NIÑAS Y ADOLESCENTES DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO SUCRE EXTENSIÓN CARÚPANO
Carúpano, 29 de Julio del 2008
198° y 149°
EXP. Nº 5.949-08.-
DEMANDANTE: RITA DEL VALE OLIVEROS DEYAN
DEMANDADO: RODOLFO ESTEBAN CARREÑO
MOTIVO: DIVORCIO
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA (EXTINGUIDO)
Por cuanto se observa que la parte demandante Ciudadana RITA DEL VALLE OLIVEROS DEYAN, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº. 12.290.740, domiciliada en Calle San Felix Nº 81, Carùpano del Municipio Bermúdez del Estado Sucre, NO compareció al SEGUNDO ACTO CONCILIATORIO en el presente Juicio de DIVORCIO que tenía intentado contra su legítima esposo, ciudadano RODOLFO ESTEBAN CARREÑO, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº10.219.396, domiciliado en la Urbanización La Viña, calle 03, casa Nº 21-B, Carúpano, Municipio Bermúdez del estado Sucre. Estando presente en este acto el Fiscal Cuarto del Ministerio Público, siendo ésta la oportunidad legal para realizarse el SEGUNDO ACTO CONCILIATORIO. Por lo ante expuesto éste Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA EXTINGUIDO el presente juicio. Todo de Conformidad con el Artículo 756 del Código de Procedimiento Civil. Se ordena el Cierre y archivo del expediente. ASÍ SE DECIDE.
ABG. JAVIER MUÑOZ GARCIA
JUEZ PROVISORIO DE PROTECCION
LA SECRETARIA,
ABG. PETRA DEYANIRA MARQUEZ
EXP. Nº 5.949-08.-
JMG/pdm/vc.-
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