Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 471 del código orgánico procesal penal, da por terminada la presente Pena impuesta a Hilan Antonio Castillo salinas, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 19.527.398, domiciliado en calle Juventud, casa N°168, quien se encuentra cumpliendo la pena de Cinco (5) Años De Prisión, más las accesorias de Ley por la comisión del delito de Robo de vehículo automotor, por cumplimiento del fin de la misma y se ordena su inmediata remisión junto al informe de Finalización emitido por la Unidad Técnica de Supervisión y Orientación Nº 5 con sede en esta ciudad, al Tribunal Segundo de ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda sede Los Teques, tribunal de orige.....