Por las consideraciones antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Ejecución Nº 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Se dicto decisión en la cual se acordó a favor del penado JOSE GREGORIO GONZALEZ RAMOS, venezolano, mayor de edad, nacido el 31-01-69, Cédula de Identidad Número V- 9.455.153, de estado civil soltero, hijo de Ramón Alejandro González y María del Valle Ramos de González, de oficio Pescador, residenciado en: El Morro, Salina Dos, calle Los Chaguaramos, casa S/N, cerca de la Bodega Noemí, Municipio Arismendi, del Estado Sucre, la formula alternativa de cumplimiento de pena, consistente en la LIBERTAD CONDICIONAL, de conformidad con lo establecido en los artículos 470, 471, 474, 489 y 493, del Código Orgánico Procesal Penal, quien fue condenado a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS DE PRISION, por los delitos de: CONT.....