En atención a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario, Marítimo y Agrario, del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: EXTINGUIDO, el presente procedimiento contentivo de la acción de COBRO DE BOLIVARES, seguida por la JUNTA DE CONDOMINIO DEL EDIFICIO B.N.D, constituida según acta protocolizada por ante la Oficina Inmobiliaria de registro Público del Municipio Sucre del Estado Sucre, en fecha 08-10-2.003, anotada bajo el Nº 03, folio 9 al 14 Protocolo Primero, Tomo Segundo , tercer trimestre del año 2.003, contra el ciudadano ELIAS KASABJI, titular de la cédula de identidad Nº V- 18.933.696, representado por el abogado en ejercicio JORGE KASSABJI CHELHOD, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 75.029.
Queda la.....