Se declara INADMISIBLE, la solicitud de Rectificación de Acta de Nacimiento, presentada por el ciudadano JOSE GREGORIO RIGAUD TORTOLERO, asistido por la abogada IRAIS JOSEFINA JAIMES ASTUDILLO, ambos suficientemente identificados en autos; en consecuencia, se ordena remitir las presentes actuaciones al Registro Civil del Municipio Valdez del Estado Sucre, a los fines de que se tramite por antes esa instancia la rectificación del acta de nacimiento objeto de la presente solicitud, tal como lo establece el artículo 145 de la Ley Orgánica de Registro Civil.