Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Superior Accidental en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, de Protección al Niño, Niña y Adolescente y Bancario del Primer Circuito Judicial del estado Sucre, con sede en la ciudad de Cumaná, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: CON LUGAR la Inhibición planteada por el Abg. FRANK A. OCANTO MUÑOZ, en su carácter de Juez Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, de Protección al Niño, Niña y Adolescente y Bancario del Primer Circuito Judicial del estado Sucre, con sede en la ciudad de Cumaná, fundamentada en el supuesto previsto en el numeral 17° del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: Se ordena librar oficio dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes, remitiendo copia certificada de la presente decisión al Juez Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, de Protección al Niño, Niña y Adolescente y Banca.....