Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: INADMISIBLE POR EXTEMPORANEO el Recurso de Apelación interpuesto por la Abogada MARIA JOSEFINA URDANETA ALVAREZ, en su carácter de Fiscal Quinta del Ministerio Público del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, contra Sentencia dictada por el Juzgado Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en fecha 01-12-2004, mediante la cual ABSOLVIÓ al acusado JAIME ENRÍQUE RONDÓN AGUILERA, en la causa seguida en su contra por el delito de HOMICIDIO CALIFICADO Y PORTE ILÍCITO DE ARMA en perjuicio del adolescente MIGUEL ANGEL BELLO. SEGUNDO: De conformidad a lo establecido en los artículos 13, 17, 16, 19 , 190 Y 191 DEL Código Orgánico Procesal Penal; así como los artículos 26, 49, 257 de la Consti.....