Es por lo que este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, deja sin efecto el auto de admisión de fecha 25 de Enero de 2019 y REPONE la presente causa al estado de Admitir dichas pruebas. En consecuencia, visto el escrito de pruebas presentado por la parte demandante en el presente juicio y por cuanto las mismas no son manifiestamente ilegales ni impertinentes, se admiten cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva. En cuanto al capítulo III este Tribunal fija el Noveno (9°) día hábil siguiente, a los fines de que los ciudadanos REDENTO RAFAEL MARVAL y EFRAIN ANTONIO SUCRE, comparezcan por ante este Tribunal a las 9:30 y 10:30 de la mañana; así como el Décimo (10°) día hábil siguiente, para que los ciudadanos PEDRO ANTONIO CABRERA y ROSMARY JOSE MARCANO,.....