Este Tribunal Segundo de Control del circuito Judicial penal del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley. Decreta medida cautelar sustitutiva a la privación de libertad del imputado HECTOR LUIS RIERA GONZÁLEZ, venezolano, natural de Cumaná estado Sucre en fecha 18-01-88 de 22 años de edad, soltero, albañil, hijo de Héctor Riera y Briceida González, titular de la cédula de identidad N° 16.818.885, residenciado en la calle Cocollar N° 31 de esta ciudad, consistente en presentaciones periódicas cada 8 días por ante la unidad de alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal todo de conformidad con lo establecido 250 y 256 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal.