Este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por motivo de COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES interpuesta por el ciudadano JESÚS ARMANDO LÓPEZ ALLEN, abogado e inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro. 39.926, actuando en su carácter de apoderadas judicial de los ciudadanos SIMON GOMEZ LOPEZ, CARMEN GOMEZ, DAISY MATUTE, HERNAN TRUJILLO, OSCAR VILLARROEL, FRANCISCO RIVERO Y OSCAR AMAYA, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-8.436.911, V- 8.640.914, V-8.643.913, V-3.338.268, V-5.704.334, V-8.435.446 y V-8.440.729, respectivamente.
SEGUNDO: SE ORDENA a la demandada cancelar la suma que arroje la experticia complementaria del fallo, por los conceptos condenados INDEMNIZACION DE ANTIGUEDAD literal a) del artículo 666 de la Ley Orgánica del T.....