Este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA Medida Cautelar Bajo Fianza de conformidad con lo establecido en el articulo 256, ordinal 8° del Código orgánico procesal penal, en contra del ciudadano ASUNCIÓN ADIER TORRES, Venezolano, natural de: Guiria Municipio Valdez, de 34 años de edad, soltero, de oficio albañil, titular de la cédula de identidad Nº V-14.612.518, nacido en fecha: 15-08-75, hijo de: Castulo Jiménez, Roselis Torres, y con residenciado en Sector la antena, casa s/n, a un kilómetro del Mercado ( Una Invasión) calle amanzanare, Guiria Municipio Valdez, Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previstos y sancionados en los artículos 458 del Código Penal Venezolano, en perjuicio del ciudadano Javier David Marcano. En consecuencia y por todos los razonamientos anteriormente expuesto.....