este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad Penal del Adolescente en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara efectuado y actualizado el cómputo en la presente causa seguida a XXXXXXXXXX; por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto en los artículos 5 y 6 numerales 1, 2 y 3 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor, en perjuicio del ciudadano XXXXXXX (datos a reserva del Ministerio Público), a cumplir la medida de PRIVACIÓN DE LIBERTAD POR UN PLAZO DE CUMPLIMIENTO DE DOS (02) AÑOS Y TRES (03) MESES, donde se determino que estuvo privado al día 26-10-2015, (se evadió el 27-10-15) lleva privado CINCO (05) MESES y DIECISEIS (16) DIAS, faltándole por cumplir UN (01) AÑO CINCO (05) y CATORCE (14) DIAS, .
Cómputo que se realiza con fundamento en las atribuciones conferidas en los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Ni.....