Por lo tanto, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y CRUZ SALMERÓN ACOSTA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
1. CON LUGAR la demanda intentada por TONY GARGANO FERNÁNDEZ contra la empresa SANATAN, C.A., por la pretensión de resolución del contrato de arrendamiento del inmueble constituido por el galpón distinguido con la letra "B", ubicado en la Segunda Transversal de la Zona Industrial San Luis, Cumaná, en jurisdicción de la Parroquia Ayacucho, Municipio Sucre del Estado Sucre.
2. CON LUGAR EL PAGO DE LOS CÁNONES DE ARRENDAMIENTOS demandados, correspondientes a los meses comprendidos entre octubre y diciembre de dos mil ocho (2008), a razón de Mil Doscientos Bolívares (Bs. 1.200,oo) mensuales, lo que totaliza la cantidad de Tres Mil Seiscientos Bolívares (Bs. 3.600,oo).
3. CON LUGAR EL PAGO de los intereses moratorios por el atraso.....