Durante el lapso probatorio, únicamente la parte actora, promovió pruebas, consistiendo las mismas en Reproducir el mérito favorable de los autos; promovió las testimoniales de los ciudadanos: MARITZA DEL VALLE CARABALLO, INGRID JOSEFINA GIL y LENNYS JOSEFINA GIL, los cuales rindieron sus respectivas declaraciones por ante el Juzgado de los Municipios Benítez y Libertador del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, testigos hábiles y legalmente juramentados y quienes en forma similar declararon: “que si conocen de vista trato y comunicación a la ciudadana MARIELVI GUEVARA”; “Que si conocen al ciudadano LUIS JOSÉ LAREZ, esposa de la ciudadana MARELVI GUEVARA”; “que si les constan que establecieron el domicilio en calle Guaicapuro de El Pilar”; “Que si saben y les consta que el ciudadano LUIS JOSÉ LAREZ, hablaba públicamente de ella, hasta llegar al extremo de decir que ella tenía otro hombre, lo cual es totalmente falso”.....