este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, con sede en Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: IMPROCEDENTE la Fórmula Alternativa de cumplimiento de pena de Régimen Abierto, al penado: JOSE MIGUEL NUÑEZ JIMENEZ, venezolano, natural de Cumaná, nacido en fecha 08-08-1992, de 19 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 26.419.806, soltero, de ocupación obrero, hijo de los ciudadanos Carmen Núñez Jiménez, residenciado en el Barrio Villa Bolivariana, Calle 8, Casa Sin Numero, de La Franja De La Llanada, frente al Mercadito, Cumaná, Estado Sucre y en consecuencia NIEGA el otorgamiento de la misma, en contra del penado de marras, por haber arrojado la evaluación psicosocial resultado desfavorable, razón por la que debe permanecer bajo la forma de cumplimiento de pena que tiene actualmente.