el Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 318 numeral 3 y 48 numeral 8 del Código Orgánico Procesal Penal, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA iniciada por denuncia de la ciudadana MARISELA JOSEFINA MARCHAN, con Cédula de Identidad N° 8.647.535, con domicilio en la urbanización la Villa Cristóbal Colón, manzana 32, casa N° 47, cuarta etapa, Cumaná, Estado Sucre; por el delito de AMENAZA, previsto y sancionado en el artículo 41 de la Ley Orgánica Sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de Violencia, que atribuye al ciudadano RAFAEL JOSE AGUILERA SULBARAN, titular de la cédula de identidad N° 8.637.876, con domicilio en la urbanización la Villa Cristóbal Colón, manzana 32, casa N° 47, cuarta etapa, Cumaná, Estado Sucre; en virtud de que el ejercicio de su acción se encuentra.....