En razón de todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la Republica y Por Autoridad de la Ley, acuerda: Dejar SIN EFECTO la ORDEN DE CAPTURA librada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, mediante decisión de fecha 13 de Febrero de 2005, en contra de los ciudadanos HECTOR JOSE MAIZ LARA, venezolano, titular de la cédula de identidad 18.414.235, fecha de nacimiento 30/11/1985, residenciado en Campoma, Estado Sucre y ALVIS DANIEL MAIZ LARA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 15.318.936, hijo de Edecia lara y Deba Maíz, mayor de edad, residenciado en Calle La Embajada N° 166, Campoma, por el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL EN GARDO DE COOPERADORES INMEDIATOS, previsto y sancionado en el artículo 407 en relación con el artículo 83 del Código Penal en perjuicio de LESCAR JO.....