El Juzgado Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en los artículos 243 y 244 del Código Orgánico Procesal Penal, ORDENA EL CESE DE LAS MEDIDAS DE COERCIÓN PERSONAL impuesta al procesado Jesús Oscar Blondell, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 12.666.352 y de este domicilio, quien se encuentra defendido por la abogada Susana Boada de Martínez, en su condición de Defensora Pública Penal, en causa seguida en su contra por la presunta comisión del delito de Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes, por acusación planteada por la Fiscalía Primera del Ministerio Público de este Circuito Judicial. Notifíquese a las partes conforme al artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal mediante boleta y a la Unidad de Algua.....