En mérito y con fundamento a cada uno de los razonamientos expuestos en el cuerpo del presente fallo, esta Tribunal de Mediación, Sustanciación, Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes esta Circunscripción Judicial Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara con lugar la Homologación de Representación Legal, interpuesta por la ciudadana NATALIA DEL VALLE HENRIQUEZ DE COVA, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la Cédula de Identidad N° 10.460.924