Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley 1.- La Ratificación de las medidas de libertad asistida y reglas de conducta impuestas a "OMISSIS", por la comisión de los delitos de: Homicidio Intencional Calificado Con Alevosia, tipificado en el artículo: 406, numeral 1º, en perjuicio del ciudadano hoy Freddy Johan Ugas Arias. Y: Daños a la Propiedad, evasión en grado de frustración y ocultamiento de arma blanca, tipificados en los artículos: 473 numeral 3, 259 en concordancia con el 80 y 277 todos del código Penal vigente, en perjuicio del Estado Venezolano, por el lapso que le falta por cumplir de siete (07) meses y siete (07) días de libertad asistida y reglas de conducta y el cumplimiento sucesivo de la medida de Servicios a la comunidad por el lapso de tres (03) mes.....