En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta: el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA PARA EL IMPUTADO AMERICO JOSE ARRECIALT VITAL, Domiciliado en San Antonio del Golfo calle San José Casa Sin Numero Municipio Mejias del Estado Sucre, por estar el mismo presuntamente incurso en la comisión del delito de ACOSO U HOSTIGAMIENTO previsto y sancionado en el artículo 40 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en perjuicio de la ciudadana EGLIS COROMOTO BOLIVAR ACOSTA identificada con la cedula de identidad numero V-15.361.085 domiciliada en mundo nuevo calle Santa Inés casa 49 Cumana Estado Sucre, En virtud de que "... a pesar de la falta de certeza, no existe razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación, y no haya bases para solicitar fundadamente el enjuiciamie.....