REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control - Cumaná
Cumaná, 28 de Abril de 2009
199º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2005-008116
ASUNTO : RP01-P-2005-008116
RESOLUCION DE AUDIENCIA ORAL
Celebrada como ha sido en el día de hoy, veintiocho (28) de abril del año dos mil nueve (2009), siendo las 4:00 p.m., se constituyó el Tribunal Segundo de Control, a cargo de la Juez Abg. María Gabriela Faría Morantes, quien en este acto se avoca al conocimiento de la presente causa, acompañada de la Secretaria de Abg. Ivette Figueroa Baptista y del Alguacil Eliécer Perdomo, en la Sala Nº 3-A del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumanà, siendo la oportunidad de imponer al ciudadano Javier Leopoldo Maza Patiño, quien es venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N°.-V-15.111.273, residenciado en la Urb. Brasil, sector II, vereda 46, casa N° 07, de esta Ciudad, para imponerlo del deber que tiene de asistir a la AUDIENCIA PRELIMINAR, quien es imputado en la causa Nº RP01-P-2005-008116, la cual se le iniciara por el delito de Desvalijamiento de Vehículos Automotores, previsto y sancionado en el artículo 3 de la ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en perjuicio de la ciudadana Karla Luisa Coronado Acosta; del motivo de su captura ordenada por este Tribunal en fecha 08-10-08. Se verifica la presencia de las partes, dejándose constancia que se encuentran presente el imputado de autos, previo traslado del IAPES, la Defensora Pública Abg. Susana Boada de Martínez y el Fiscal Séptimo (A) del Ministerio Público Abg. Pedro Aray. Acto seguido la Juez da inicio al acto, e impone al ciudadano Javier Leopoldo Maza Patiño del motivo de su aprehensión, y así mismo se le informa, que la audiencia preliminar no se ha realizado, por la incomparecencia del mismo; por lo cual, en fecha 08-10-08, este tribunal acordó su captura, en virtud de la solicitud que realizara la Fiscalía Séptima del Ministerio Público, siendo capturado dicho ciudadano por parte de funcionarios adscritos al CICPC, en fecha 27-04-09; Y en este sentido este tribunal para decidir observa:
IMPUTADO Y ALEGATOS DE LA DEFENSA
Se le otorgó la palabra al imputado, previa imposición del precepto constitucional contenido en el artículo 49 numeral 5 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que lo exime de declarar en causa penal seguida en su contra, quien manifestó no querer declarar. Se le otorgó la palabra a la defensora pública penal, quien manifestó estar de acuerdo con que a su representado se le otorgue la libertad y así mismo, que se deje sin efecto la captura librada en contra del mencionado ciudadano.
EXPOSICIÓN FISCAL.
El fiscal del Ministerio Público no presenta objeción alguna, por cuanto la presente causa se encuentra prescrita.
DECISIÓN
En consecuencia, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda la libertad del ciudadano Javier Leopoldo Maza Patiño y acuerda que el mismo cumpla con un régimen de presentaciones cada diez (10) días por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal. Se acuerda fijar la audiencia preliminar en la presente causa, para el día 27-05-09 a las 11:30 a.m. Se acuerda librar boleta de citación a la víctima. Se acuerda oficiar al Coordinador de la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, indicándole que el imputado Javier Leopoldo Maza Patiño, cumplirá con un régimen de presentaciones cada diez (10) días por ante esa Unidad. Líbrese boleta de libertad, adjunto a oficio dirigido al Director del IAPES. Se acuerda oficiar al CICPC, indicándole que se dejó sin efecto la captura del ciudadano Javier Leopoldo Maza Patiño. Cúmplase. Los presentes quedan notificados. Cúmplase. Es todo.
LA JUEZ SEGUNDO DE CONTROL,
ABG. MARIA GABRIELA FARIA MORANTE.
EL SECRETARIO,
ABG. DANIEL SALAZAR.-