Por todo lo expuesto éste Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, decreta: MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD para los imputados ELVIS JOSÉ PASCAL SUCRE, venezolano, natural de Guiria, Estado Sucre, de 24 años de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad N° V- 16.892.135 hijo de Rosalía Sucre y José Rivero, nacido en fecha 06-06-78,de oficio cargando motor en la playa, residenciado en Nueva Guiria, Vereda 14, Casa N° 16, cerca de la cancha de básquet, Municipio Valdez del Estado Sucre, por su presunta participación en la existencia del delito de Posesión de Sustancia Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el articulo 34 de la Ley Orgánica contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancia Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la Colectividad,. Todo en conformidad con el artículo 256 o.....