Ir a Principal
Institucionales
  Noticias
  Eventos
  Servicios
  Directorio
  Enlaces
  Gestión Judicial
    Gestión
    Audiencias
    Gestión Detallada
  Decisiones
    Ultimas Decisiones
    Por Fecha
    Múltiples Criterios
    Por Tribunal
  Jurisprudencia
    Por Fecha
    Indice Temático
    Múltiples Criterios
  Audiencias
  Foros
Decisiones del dia 28/03/2014

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y del Trabajo
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 19.496 N° Sentencia : 08 Fecha: 28/03/2014
Procedimiento:
Cobro De Honorarios Profesionales Extrajudiciales
Partes:
LUIS OSWALDO MARRUFFO VS. ENRIQUE GÓMEZ LUCIANI Y CONSTRUMAT C.A
Resumen:
éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: La falta de cualidad del co-demandado Enrique Gómez Luciani, portador de la cédula de identidad N° V- 6.916.745, para intervenir en este proceso judicial. SEGUNDO: CON LUGAR la pretensión de Estimación e Intimación de Honorarios Profesionales de carácter extrajudicial, incoada por el abogado en ejercicio LUIS OSWALDO MARRUFFO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 33.311, contra la sociedad de comercio CONSTRUMAT C.A, representada legalmente por el ciudadano GUSTAVO BARAZARTE, portador de la cédula de identidad N° V- 12.275.721. TERCERO: Se condena a la sociedad de comercio CONSTRUMAT C.A, a pagar al abogado en ejercicio LUIS OSWALDO MARRUFFO, la suma de trescientos mil bolívares (Bs. 300.000,oo) po.....
Juez/Ponente:
Gloriana Moreno Moreno
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y del Trabajo
arriba

N° Expediente : 19.563 N° Sentencia : 09 Fecha: 28/03/2014
Procedimiento:
Indemnización Daños Mat. Prov. Acc. Tran. Y Otros
Partes:
Resumen:
Luego, como quiera que, por interpretación del artículo 223 del Código de Procedimiento Civil, la citación personal debe agotarse antes de acordarse la citación por cartel, entonces este Despacho Judicial niega la solicitud planteada por el diligenciante, por cuanto la citación personal del demandado de marras no se ha agotado a la presente fecha y en su lugar, le insta a que precise el domicilio en el cual ha de practicarse la citación personal de éste, en primer lugar, porque tal señalamiento constituye una carga procesal que solo compete a la parte que representa realizar, en virtud de que pesa sobre sus hombros la válida constitución de la relación procesal, y en segundo lugar, por cuanto la citación por carteles sin el previo agotamiento de la citación personal, constituye un motivo de invalidación del juicio respectivo por falta de citación (Cfr. Sala de Casación Civil, 25/02/04, caso Fausto Arias Romero Vs. José Alvarez Mota). Conste.- .....
Juez/Ponente:
Gloriana Moreno Moreno
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y del Trabajo
arriba

Sitio web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Informática y Telecomunicaciones del Tribunal Supremo de Justicia. Todos los Derechos Reservados