ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, SEDE CUMANÁ, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, condena por el procedimiento de admisión de los hechos al ciudadano LUIS GERARDO CARDOZO RAMOS, Venezolano, de 29 años de edad, natural de Cumaná, nacido el día 21-07-1981, soltero, comerciante, hijo de Rosa Ramos y Luís Gerardo Cardozo, titular de la cédula de identidad Nº 16.817.291; residenciado en el callejón del barrio la casimba, casa S/Nº, detrás de la cauchera, Cumaná, Estado Sucre; a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISIÓN MAS LAS ACCESORIAS DE LEY, previstas en el artículo 16 del Código Penal, por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE AUTORIA, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 1 del Código penal, en perjuicio del ciudadano CARLOS MIGUEL VÁSQUEZ BETANCOURT (OCCISO) Pena esta que terminara de cumplir aproximadamente el día 18 de Abril del año 202.....