este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley ACUERDA PARCIALMENTE CON LUGAR, el requerimiento de Traslado, y en consecuencia se ordena librar oficio al Director del Internado Judicial de esta ciudad, a los fines de que traslade con las estrictas seguridades que el caso amerita y previa coordinación con el Comandante de la Guardia Nacional Bolivariana, al penado EDGAR ALEXANDER SÁNCHEZ RIVAS, venezolano, de 23 años de edad, soltero, titular de la cedula de identidad 20.108.593, hijo de Edgar Rafael Sánchez y Zuleima Rivas, natural de Maracay, Estado Aragua, nacido el 16/05/1987, de ocupación obrero de construcción, domiciliado en Barrio Sucre, casa No. 20, Casanay, cerca del mercado de esta ciudad de Cumaná, Estado Sucre, para la medicatura forense de esta ciudad, a los fines de que sea evaluado médicamente, en fecha 01 DE MARZO DEL AÑO 2011, A LAS 07:00 DE LA MAÑANA, en virtud de presentar Molestias a nivel de Tóra.....