Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: ADMISIBLE el Recurso de Apelación interpuesto por los abogados ALBERTO JOSÉ GONZÁLEZ MARÍN y ALEJANDRO RODRÍGUEZ REAL, en su carácter de Defensores Privados de los ciudadanos YILMARYS RUIZ, ARMANDO GONZÁLEZ y GABRIEL GONZÁLEZ, contra Sentencia Definitiva publicada en fecha 01 de Diciembre de 2014, por el Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, mediante la cual CONDENÓ al ciudadano GABRIEL GONZÁLEZ, a cumplir la pena de TRECE (13) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión de los delitos de EXTORSIÓN, previsto y sancionado en el artículo 16 de la Ley Contra el Secuestro y la Extorsión, y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 37 de la Ley Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento para .....