Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta medida cautelar sustitutiva a la privación de libertad, en contra del adolescente xxxxxxxx, por la presunta comisión del delito de ROBO, previsto en el artículo 455 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano xxxxxxxxxxx; de las contenidas en los literales "C" y "F" del artículo 582 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, consistente en presentaciones periódicas cada 5 días por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal; y prohibición de acercarse a la víctima y sus familiares. Se acuerda la libertad del adolescente desde la sala de audiencias. Se acuerda la aprehensión del adolescente en flagrancia y se acuerda seguir la presente causa, mediante las reglas de.....