Este Tribunal Tercero de Control, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda medida cautelar sustitutiva de Libertad de presentación cada ocho (8) días ante la unidad de alguacilazgo a los imputados: CARLOS ALBERTO ROMERO ASTUDILLO, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad 10.468.841, residenciado en San Lorenzo de Cumanacoa, Barrio Andres Eloy Blanco, Calle Sucre N°176, de oficio carnicero y ALBERIS RAFAEL ARANGA ORTIZ, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° 15.268.172, de oficio mecánico, residenciado en Cumanacoa, Sector las Mangas casa N° 25 del Estado sucre. Todo de conformidad con el articulo 256 ordinal Tercero del Código Orgánico Procesal Penal.