Con fundamento en lo expuesto, una vez verificado que el defensor privado del acusado Jose Luis Andrades Guzman, abogado Alberto Morales, no presentó justificación alguna, por su inasistencia al acto del Juicio Oral y Público, fijado para el día 18 de noviembre de 2003, a pesar de haber estado notificados para el acto, tal como consta en la resulta de la notificación que cursa en autos, donde se señla que la boleta fue debidamente recibida el día 20 de octubre de 2003, a las dos de la tarde, Este Tribunal declara abandonada la defensa, por parte del Abogados ALBERTO MORALES y a los fines de garantizar el derecho a la asistencia jurídica que tiene por mandato constitucional el acusado, se acuerda librar oficio a la Unidad de Defensoria Pública de este Circuito Judicial, a losfines que designe un defensor que asista al acusado en el presente proceso.