En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestos, este JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BOLÍVAR Y MEJÍA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de DIVORCIO conforme a lo previsto en el artículo 185-A del Código Civil, interpuesta por los ciudadanos: EUDYS MARIA VALLEJO DE LOPEZ y WILMAN JOSÉ LOPEZ, quienes son venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad números: V- 9.270.327 y V- 10.462.083 respectivamente, la primera domiciliada en la Urbanización Santa Rosalía, Calle del Rosario, Casa N° 11, Mariguitar, Municipio Bolívar del Estado Sucre y el Segundo en el Caserío Sotillo, Casa s/n, Municipio Bolívar del Estado Sucre, debidamente asistidos por el abogado en ejercicio: Aníbal López, venezolana, titular de cédula de identidad Nº.....