Por todo lo antes expuesto, este Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la acción de DIVORCIO 185-A intentada por los ciudadanos HERNAN ALFONSO REYES QUINTERO Y AURYS DEL VALLE ESTABA GONZALEZ, quedando así, en consecuencia disuelto el Vínculo Conyugal que contrajeron por ante el Registro civil del Municipio Maturín del Estado Monagas, 25 de Noviembre del año 2.002, fundamentándose en el artículo 185-A del Código Civil.-