Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda: PRIMERO: Se declara PENALMENTE RESPONSABLE al Adolescente xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx; por su participación en la comisión del delito de COAUTOR EN LA COMISIÓN DEL DELITO DE ROBO AGRAVADO COMETIDO A MANO ARMADA, tipificado en el artículo 458 del Código Penal vigente, en concordancia con el artículo 83 ejusdem; en perjuicio de los ciudadanos Alcenio Rafael Marcano Vellorí, Javi José Ronal Rondón y Víctor Tomás Marcano. SEGUNDO: Se le impone al Adolescente xxxxxxxxxxxxxxxxxxx la sanción de REGLAS DE CONDUCTA y LIBERTAD ASISTIDA, por el lapso de DOS (02) AÑOS, consistentes en realizar cursos en áreas de su interés que coadyuven a su crecimiento personal; se le insta, además, a no incurrir en hechos similares a los que dieron lugar al presente proceso; Así mismo, deberá someterse a la supervisión, asistencia y orientación de una persona capacitada, para la cual se designa a funciona.....