Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara Con Lugar la cesación de la medida de Libertad asistida y reglas de conducta dictada en contra de "OMISIS", por la comisión del delito de ROBO SIMPLE, tipificado en el artículo 456 del Código Penal Vigente, hecho cometido en perjuicio de los ciudadanos JHOÁN JOSÉ FREITES GONZÁLEZ, RAIMAR DEL VALLE CARABALLO VÁSQUEZ, ERICK DANIEL LAREZ CEDEÑO, NESTOR JOSÉ MALAVÉ CASTILLO y PEDRO JOSÉ RODRIGUEZ VARGAS, en virtud de haber operado la extinción de la sanción por muerte del sancionado de conformidad con lo establecido en los artículos 645 y 647 literal “h” de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Notifíquese a las partes. Cúmplase.-
La Jueza de Ejecución
La Secretaria
Abg. Mari.....