D E C I S I Ó N
Por los razonamientos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Se declara SIN LUGAR, el Recurso de Apelación interpuesto por el abogado RAUL HERRERA BUTTO, actuando con el carácter de Defensor Privado. SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión dictada por el Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre ¿ Sede Cumaná, en fecha 28 de mayo de 2009, mediante la cual ADMITIÓ TOTALMENTE LA ACUSACIÓN FISCAL contra la acusada MAURILIX DESIREE BASTARDO MARQUEZ, en la causa seguida por el delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE DETERMINADOR, previsto y sancionado en el artículo 406.2 en concordancia con el artículo 83 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana MARGARETH GONZÁLEZ VALLEJO (occisa); todo de conformidad con las previsiones establecidas en el artículo 435, 447, 448 y .....