Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR: la recusación interpuesta por el abogado HERNÁN LINARES, actuando en su carácter de Defensor Privado de los acusados, LUIS RAMÓN LÓPEZ, JOSÉ ALEXANDER GOITIA LÓPEZ, TONY ALBERTO LEZAMA FIGUERA, ARQUÍMEDES SALVADOR VILLAROEL RONDÓN Y LUÍS RAMÓN LÓPEZ RONDÓN, contra la Abogado MARÍA PEREIRA, Juez Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, extensión Carúpano, para que la misma no siga conociendo de la causa N° RP11-P-2012-000366, seguida a los acusados LUIS RAMÓN LÓPEZ, JOSÉ ALEXANDER GOTILLA LÓPEZ, TONY ALBERTO LEZAMA FIGUERA, ARQUÍMEDES SALVADOR VILLAROEL RONDÓN y LUÍS RAMÓN LÓPEZ RONDÓN, por la .....