Ir a Principal
Institucionales
  Noticias
  Eventos
  Servicios
  Directorio
  Enlaces
  Gestión Judicial
    Gestión
    Audiencias
    Gestión Detallada
  Decisiones
    Ultimas Decisiones
    Por Fecha
    Múltiples Criterios
    Por Tribunal
  Jurisprudencia
    Por Fecha
    Indice Temático
    Múltiples Criterios
  Audiencias
  Foros
Decisiones del dia 27/06/2012

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y del Trabajo
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 19.474 N° Sentencia : 12 Fecha: 27/06/2012
Procedimiento:
Interdicto Restitutorio
Partes:
ANTONIO CORONADO MARÍN VS. CONSEJO COMUNAL DE MERITO
Resumen:
este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE la QUERELLA INTERDITAL RESTITUTORIA, interpuesta por el ciudadano ANTONIO CORONADO MARIN, portador de la cédula de identidad Nº V- 517.306, representado judicialmente por el abogado en ejercicio JESUS ARISMENDI, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 125.543, contra EL CONSEJO COMUNAL DE MERITO, representado legalmente por la ciudadana Damelys Flores, portadora de la cédula de identidad N° V- 8.426.455. Así se decide.
Juez/Ponente:
Gloriana Moreno Moreno
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y del Trabajo
arriba

N° Expediente : 19.463 N° Sentencia : 11 Fecha: 27/06/2012
Procedimiento:
Accion Mero Declarativa
Partes:
ARELIS DEL CARMEN FERMÍN RAMOS & MARCO ANTONIO RODRÍGUEZ AGUILERA
Resumen:
Pues, bien, constituyendo el auto revocado -05/06/2012- un auto de mero trámite, a los efectos de proveer sobre el recurso ejercido contra dicha revocatoria debemos observar lo dispuesto en el artículo 310 ejusdem, el cual señala: Los actos y providencias de mera sustanciación o de mero trámite, podrán ser revocados o reformados de oficio o a petición de parte, por el Tribunal que los haya dictado, mientras no se haya pronunciado la sentencia definitiva, salvo disposiciones especiales. Contra la negativa de revocatoria o reforma no habrá recurso alguno, pero en el caso contrario se oirá apelación en el solo efecto devolutivo (Negritas añadidas). " En el caso particular bajo estudio, este Despacho Judicial conforme la norma citada ut supra, debe oír el mencionado recurso ordinario en el solo efecto devolutivo, en tanto y en cuanto se recurrió contra la revocatoria de un auto y no contra la negativa de revocatoria, motivo por el cual se OYE EL RECURSO DE APELACIÓN EN UN SOL.....
Juez/Ponente:
Gloriana Moreno Moreno
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y del Trabajo
arriba

Sitio web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Informática y Telecomunicaciones del Tribunal Supremo de Justicia. Todos los Derechos Reservados